Condiciones generales de contratación

Los contratos celebrados a distancia por vía electrónica o no, son generalmente contratos celebrados sin que exista una negociación previa de las condiciones entre las partes, por ello es necesario que exista un apartado, dentro del soporte que se utilice como medio de hacer llegar la oferta al destinatario, donde se establezcan las obligaciones y derechos de las partes, para ello será necesario tener en cuenta entre otras lo establecido en la siguientes normas:

Material legislativo para asociados

Se han intentado incluir en este repertorio de normas las versiones más actualizadas de acuerdo con las publicadas en el BOE o en el DOUE. Sin embargo, como consecuencia de los cambios normativos que se suceden en el tiempo, es posible que alguna de las normas que se relacionan hayan podido sufrir alguna modificación. Por ello, se recomienda consultar las páginas web del BOE o del DOUE con objeto de obtener, en su caso, una información actualizada sobre cada una de las normas